10.1

Published on

Para la definición de la categoría asignada y el desarrollo del resultado, se tuvieron en cuenta las respuestas a los siguientes pedidos de información:

 

 

Ministerio de Energía

 

https://drive.google.com/file/d/1R2DVDIEcqLcYp8z66G7UsopAj8QERrDO/view?usp=drive_link

 

Fuentes de información

Marco Normativo

 

 

PRIMER ANÁLISIS DE ESTE OBJETIVO REALIZADO EN AGOSTO 2025

 

 

Categoría

Imposible de cumplir en el plazo establecido.

 

 

Detalle

La Ley 27.640/2021 fija un corte mínimo del 12% de bioetanol en nafta, sin tope máximo. Desde la entrada en vigor de la norma, el bioetanol se mantiene en el mínimo del 12%. La modificación de estos porcentajes es competencia de la Secretaría de Energía de la Nación.

No se han registrado medidas oficiales orientadas a incrementar el corte de bioetanol hasta el 15% ni anuncios que permitan proyectar el cumplimiento de la meta en los plazos establecidos. Por eso se considera imposible de cumplir en el plazo establecido.